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Servicios especializados en Contabilidad, Auditoría, Legal Corporativo, Impuestos y Asesoría de Negocios.
Octubre 2025
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¡ Nuestro compromiso es mantenerte al tanto !
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Consulta:
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Queridos amigos,
Les saludamos nuevamente con éste envío que corresponde nuestro Boletín #72, el cual contiene información con los datos más relevantes relacionados con nuestras actividades diarias, y que ameritan inmediato estudio.
Este boletín es una colaboración de todos los que integramos esta firma con el objetivo de dar a conocer de forma oportuna aquellos acontecimientos relevantes que nos afectan a todos, contribuyendo a facilitar la adaptación de los cambios legales-fiscales, retos y oportunidades que nos presenta el ejercicio de nuestra profesión, pero sobre todo apoyarles permanentemente a cumplir de manera exitosa con sus propios objetivos.
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¡ Resiliencia !
Fiscal
Prevención de Lavado de Dinero
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Fiscal
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QUINTA Modificación a la Resolución Miscelánea 2025
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Se publica en el
DOF del 22 de octubre
pasado en el cuál destaca la modificación al ANEXO 1-A (Guía de trámites fiscales) publicado a su vez el 28 del mismo mes, así mismo las siguientes novedades:
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Se realizan precisiones en las reglas relativas al control de créditos fiscales y la opinión de cumplimiento, así como en la gestión de información en aquellos en los que se encuentren impugnados.
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Gestión de trámite de contraseña y de e.firma únicamente pueden realizarse por personas físicas mayores de edad.
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Se amplía el procedimiento para consultar resultados en devoluciones automáticas y para solventar inconsistencias, manteniéndose mismos requisitos para devoluciones.
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La emisión de CFDI de retenciones podrá realizarse en el momento de la operación si asnillo lo solicita el receptor del documento, no solamente esperar la emisión anual como estaba previsto.
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Se adicionan dos capítulos de estímulos fiscales para regular los que se refieren a Polos de desarrollo y Polos de Desarrollo del bienestar.
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Cambios en disposiciones fiscales para 2026
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Como es todos sabido, se avecinan reformas importantes en diversas disposiciones fiscales para 2026, mismas que están a punto de ser publicadas en el DOF y por tanto, podremos conocer cuál será la versión final de las mismas, que estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2026. Adicionalmente, se encuentran ya en vigor las reformas que fueron publicadas en el
DOF el pasado 16 de octubre,
en la que se modificaron la Ley de Amparo y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa acompañando los cambios al Código Fiscal de la Federación, las cuales tiene como intención reforzar la reglamentación relacionada con el uso de comprobantes falsos portarte d los contribuyentes y que dicho sea de paso es uno de los delitos que quedaron insertos en el artículo 19 constitucional que permite la prisión preventiva oficiosa señalando un listado de delitos en los que procede.
A la par de esta reforma del pasado 16 de octubre, se esperan otras más que estarán por publicarse y entren en vigor en 2026. Se acompaña una obra de
Análisis de estas reformas 2025-2026
para que las pueda abordar de manera preliminar a reserva de que podamos contar con el texto final.
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Criterios del SAT para programar auditorias
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También el pasado 20 de octubre el
SAT
emitió un
comunicado 53/2025
mediante el cual expone su intención de programar alrededor de 16,200 auditorias para el ejercicio 2026, a partir del criterio que sustenta en el que refieren que la autoridad fiscal solamente realiza auditorías a contribuyentes que manifiestan conductas que califica como de alto riesgo, por ejemplo.
- Realizan operaciones con factureras o nomineras.
- Reportan pérdidas fiscales recurrentes.
- Simulan o abusan de las deducciones.
- Obtienen ingresos que no son declarados.
- Reportan inconsistencias entre lo que importan, compran y venden.
- Importan con precios por debajo de mercado o no cumplen con regulaciones no arancelarias.
- No pagan retenciones de sus empleados.
- Realizan operaciones en paraísos fiscales.
- Solicitan devoluciones improcedentes.
- Pagan impuesto menor a la tasa efectiva publicada.
Por lo anterior es recomendable revisar el comportamiento de cada contribuyente y valorar el nivel de riesgo que se tiene. Recuerden que la información se comparte al SART de manera sistemática y permanente, por lo que la autoridad ya cuenta con base de datos muy completa y cada vez más precisa.
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Buzón IMSS como medio de control y comunicación entre los patrones y el instituto mexicano del seguro social.
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El Buzón IMSS es un sistema de comunicación electrónico implementado y administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del cual se podrá realizar la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que emita el Instituto. De igual manera, con el paso del tiempo, se han previsto diversos trámites y servicios adicionales que los particulares pueden realizar a través de dicho medio de contacto, por lo que, ya no debe considerarse como un medio simultaneo de consulta, sino como el medio de comunicación implementado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, para informar y/o notificar actos de vital importancia y trascendencia para el patrón. En los siguientes documentos te informamos más sobre su existencia e implementación.
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Prevención fiscal vs defensa fiscal
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La prevención en materia fiscal se va colocando como la mejor apuesta entre los contribuyentes y resulta para muchos la mejor forma de evitar conflictos con la autoridad fiscal, atendiendo a que el contexto jurídico de nuestro país se encuentra en una época de cambios cruciales y enfrenta una serie de retos que colocan el litigio fiscal en un escenario desfavorable. En este
documento
te explicamos el escenario próximo para esta problemática.
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Prevención de Lavado de Dinero
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Campaña de revisión cumplimiento de obligaciones actividades vulnerables
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Para que tomen las precauciones necesarias, les informamos que el SAT intensificará la vigilancia en Actividades Vulnerables (LFPIORPI).
El @SATMX lanzó campaña masiva para detectar negocios no inscritos o con omisiones en el cumplimiento de obligaciones en prevención de lavado de dinero (PLD).
Inicia con la sanción por negarte a una visita puede costarte 200 a 2,000 UMA ($22,628 a $226,280).
El
SAT
busca detectar a quienes operan sin registro o con omisiones en sus reportes PLD.
Por anterior, se les comparte el
comunicado 54/2025
que ha emitido el
SAT
para anunciar esta campaña y se recomienda visitar:
https://www.sat.gob.mx/minisitio/ActividadesVulnerables/index.html
Que es el ministro que contiene toda la información relativa a estas actividades.
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Reforma a la Ley de prevención de lavado de dinero LPRIORPI
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Así las cosas, debemos recordar que, el pasado 16 de julio de reformó la
Ley PRIORPI
y se establecieron diversos cambios que deberían considerarse por quienes realizan actividades vulnerables e incluso por quienes no las realizan, pero que tratándose de Personas Morales podrían tener alguna obligación que comentaremos en el punto siguiente.
Por lo anterior conviene dar un repaso al
resumen de reformas a la Ley
que se comparte en este número y que fue elaborado por la firma Pérez de Acha.
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Obligación de identificar al Beneficiario Controlador, diferente al del Código Fiscal de la Federación
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Una de las reformas de la Ley PRIORPI que alcanza a obligar a las Personas Morales, aun cuando éstas no tengan obligaciones en materia de actividades vulnerables es la de identificar al beneficiario controlador y aportar sus datos en el portal de la Secretaría de Economía. Se comprarte el procedimiento a seguir:
Pasos a seguir para consultar la Publicación de AVISO DE BENEFICIARIO CONTROLADOR:
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Ingresar a la
página de Internet del Sistema de Publicaciones de Sociedades Mercantiles
- Seleccionar la Opción de "Consulta de Publicaciones".
- Seleccionar Opción de "Búsqueda Avanzada".
- Seleccionar un Periodo de Búsqueda.
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En su caso señalar una palabra clave que en este caso sería la Denominación o Razón Social de la Sociedad, de lo contrario se hará una búsqueda general.
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Seleccionar el Tipo de Publicación.
- Opción "Identificación de la persona o grupo de personas considerados como Beneficiario Controlador"
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