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Junio 2021

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Queridos amigos,

Les saludamos nuevamente con éste envío que corresponde nuestro Boletín No. 35, el cual contiene información con los datos más relevantes relacionados con nuestras actividades diarias, y que ameritan inmediato estudio.

Este boletín es una colaboración de todos los que integramos esta firma con el objetivo de dar a comunicarle de forma oportuna aquellos acontecimientos relevantes que nos afectan a todos, contribuyendo a facilitar la adaptación de los cambios legales-fiscales, retos y oportunidades que nos presenta el ejercicio de nuestra profesión, pero sobre todo apoyarles permanentemente a cumplir de manera exitosa con sus propios objetivos.

¡ Resiliencia !

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Contabilidad
Auscultación de la NIF A-1, Marco Conceptual de las Normas de Información Financiera

Con fecha 31 de mayo de 2021, el Consejo Emisor del Centro de Investigación y Desarrollo del Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF) emitió el proyecto para auscultación de la Norma de Información Financiera A-1. Marco Conceptual de las Normas de Información Financiera (NIF), convocando al envío de comentarios sobre cualquier punto o tópico desarrollado en el proyecto


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Fiscal
Reforma de Subcontratación es para todos los patrones

En fechas recientes el tema más abordado en la esfera económica, fiscal y laboral es el relacionado con la Reforma al tratamiento legal de la subcontratación o "Outsourcing", a partir de la reforma a diversas leyes (8) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril pasado, así como la publicación complementaria del 24 de mayo, de las Disposiciones Generales emitidas por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, respecto al registro de empresas prestadoras de servicios especializados.

Al respecto, es relevante recordar que esta reforma no solamente afecta para su entrada en vigor a aquellos que venían trabajando por medio de personal subcontratado, sino que, afecta a todos los contribuyentes que tengan trabajadores principalmente y también a aquellos que, sin tener trabajadores, requieran de contratar servicios en los que intervenga personal del proveedor.

Es decir, es altamente recomendable que todos los contribuyentes realicen una revisión a su ya de por sí amplio catálogo de obligaciones que deben cumplirse para diversos propósitos y consideren la necesidad de implementar aquellos cambios que tienen relación con la contratación de servicios y la procedencia de la correcta deducción del gasto para efectos de la ley del impuesto sobre a renta y del acreditamiento del impuesto al valor agregado.

No hay que perder de vista que la reforma legal de mérito, es fundamentalmente Laboral, pero tiene amplias repercusiones en materia Fiscal y este es nuestro tema central; vemos la necesidad de realizar las diversas prevenciones en la estructura organizacional de las empresas y en la documentación formal que sustenta esta organización para darle un respaldo robusto a la conformación de las bases necesarias y poder enfrentar los requisitos que se han diseñado en material fiscal y en especial prevenir las posibles sanciones administrativas o penales de incurrir en prácticas indebidas, ya sea por desconocimiento por descuido.

En esta firma estamos trabajando en el desarrollo de medidas que consideramos recomendables para mitigar los riesgos en cada empresa, a partir de una revisión, análisis y diagnóstico de las prácticas que realizan as empresas actualmente y la forma en que practican la documentación y soporte con que se comprueban estos actos.

Es necesario poner a prueba las formas de trabajo actuales y dar paso a los nuevos paradigmas que enfrentamos en la forma de hacer negocios, cumpliendo las nuevas reglas que nos imponen.

Estamos a sus órdenes para ahondar en este tema y en la revisión de sus condiciones particulares de su empresa y poder establecer las medidas a tomar de manera preventiva.


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Presentación del dictamen estatal del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal

Los contribuyentes personas físicas o personas morales que en el ejercicio fiscal 2020, hayan tenido en el ejercicio:

  1. Pagos por más de diez millones de pesos por concepto de sueldos y salarios o por la prestación de un servicio personal subordinado.
  2. Hayan tenido más de doscientos trabajadores promedio mensual dentro del ejercicio.
  3. O si su actividad preponderante es la contratación de servicios personales subordinados, independientemente de la figura legal bajo la cual se contrataron dichos servicios.

Estarán obligados a presentar ante la Secretaria de Finanzas del Estado de San Luis Potosí el dictamen correspondiente al Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal:

Para esto deben considerar las siguientes fechas:

  1. El próximo 8 de junio vence la fecha de presentación del aviso de dictamen.
  2. El 30 de junio es la fecha límite de presentación del cuaderno del dictamen

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Limitante de ingresos asimilados a salarios

El Pasado 3 de Mayo del 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 en donde se adiciona la regla 3.12.4., respecto de los contribuyentes que perciben ingresos por asimilados a salarios (pago de honorarios) y que superen los $75’000,000 de pesos en el ejercicio, los cuales tendrán que presentar su aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que hayan excedido el monto.


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Boletín "prodecontigo"

Consulta el boletín correspondiente al mes de abril 2021 que emite la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) y se encuentra disponible en el siguiente link.

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Laboral
Reglas generales para el registro de prestadoras de servicios especializados u obras especializadas (REPSE)

El 24 de mayo de 2021, fue publicado el Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

Puedes consultar el portal REPSE en el siguiente link


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Acuerdo por el que se amplía la prórroga de la vigencia de las constancias o tomas de nota de las directivas sindicales registradas ante la STPS, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID- 19)

La Secretaria del Trabajo y Previsión Social, dio a conocer el pasado 6 de mayo a través del Diario Oficial de la Federación DOF el Acuerdo por el que se amplía la prórroga de la vigencia de las constancias o tomas de nota de las directivas sindicales registradas ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID- 19).

La prórroga materia de este Acuerdo aplica para las organizaciones sindicales que se encuentren en los siguientes supuestos:

  1. Que la vigencia de las constancias o tomas de nota de las directivas o dirigentes concluya o haya concluido entre el veintitrés de marzo de dos mil veinte y el treinta de junio de dos mil veintiuno.
  2. Que los procesos de elección de las Directivas o dirigentes no se hayan llevado a cabo o se hayan suspendido con motivo de la emergencia sanitaria decretada por el Consejo de Salubridad General.

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Prevención de lavado de dinero
Los préstamos entre empresas son Actividad vulnerable

Todos sabemos, que ésta es una de las obligaciones que más tiene presencia en el ámbito empresarial y que ha sido difícil de implementar.

La razón principal de su complejidad es que el propósito principal de la Ley que regula estas obligaciones consiste en detectar las actividades que se denominan "vulnerables", las cuales propician la posibilidad de que se facilite la utilización de recursos que provienen de actividades ilegales, en el sistema financiero de este país. De lo que se trata es que las empresas que realicen estas actividades cumplan con las obligaciones de identificar cada operación vulnerable y la documenten de manera interna para facilitar esta documentación e información a las autoridades en caso necesario, así como dar aviso a las autoridades en ciertos casos que se presenten estas operaciones.

Pues bien, debemos tomar en cuenta que en este año la Unidad de Inteligencia Financiera ha actualizado su criterio respecto de los préstamos que se realizan entre empresas del mismo grupo, considerando que estas operaciones sí se consideran actividades vulnerables y por lo tanto sujetas del cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley, su Reglamento y las disposiciones de carácter general.

Asimismo, se encuentran incluidos los préstamos que las empresas les realizan a sus trabajadores y empleados.

Aun cuando existen algunas adecuaciones en materia de presentación de avisos y en su lugar se presentan informes, es conveniente revisar el alcance de las medidas a tomar y estar en cumplimiento con la Ley y demás disposiciones.

Por lo anterior es conveniente analizar con sus asesores legales las actividades que se realizan, la identificación con los supuestos de actividades vulnerables. Aún que el criterio que se comenta es de interpretación por parte de la autoridad en el alcance de las obligaciones, también lo es el incumplimiento deriva en sanciones de las que, en su caso, es difícil sustraerte.

Compartimos la referencia para que consultes los criterios.


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Modificación al ANEXO 11 actividades vulnerables de Prestación de Servicios Especializados

El 24 de mayo pasado, también se publicó en Diario Oficial de la Federación DOF la modificación a los formatos de avisos e informes de quienes realizan actividades vulnerables de prestación de servicios, entre los que se encuentran los de servicios especializados de reciente conocimiento producto de le reforma a la subcontratación. Esta modificación de avisos entrará en vigor el 1 de septiembre próximo.

No debemos perder de vista, que son varias obligaciones a las que se enfrentan los nuevos prestadores de servicios especializados y que deben dar cumplimiento para encontrarse en la certeza legal de actuación sin incurrir en riesgos de sanciones o de que sus servicios no sean deducibles para sus clientes.


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Seguridad Social
IMSS restablece términos y plazos de varios procedimientos

El Seguro Social dio a conocer en el DOF del pasado 12 de mayo de 2021 el acuerdo ACDO.SA2.HCT.280421/117.P.DJ por el que se autoriza, en el ámbito de competencia de la Dirección Jurídica, la reanudación de los trámites, procedimientos administrativos o procesos ante el Instituto. Este acuerdo está vigente a partir del 13 de mayo del presente año.

A través del citado documento se da a conocer que los trámites, procedimientos administrativos o procesos a restablecer son los siguientes:

  • Quejas Médicas
  • Correspondencia
  • Reclamaciones de Responsabilidad Patrimonial del Estado
  • Recurso de Revisión Administrativa

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Decreto para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Con fecha 12 de mayo de 2021 el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores publicó en el Diario Oficial de la Federación las "Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores".

Algunas disposiciones de las presentes reglas son:

  • Considerar como sujetos de crédito a derechohabientes titulares de depósitos constituidos a su favor ante el INFONAVIT sin relación laboral vigente.
  • Otorgamiento de créditos para autoconstrucción.
  • Otorgamiento de créditos para adquisición de terrenos.
  • Al refinanciamiento de créditos hipotecarios adquirido con el INFONAVIT o con alguna otra institución financiera.
  • La posibilidad de obtener dos o más créditos sucesivos.
  • Envío gratuito del estado de cuenta del crédito otorgado al derechohabiente, con una periodicidad no menor al bimestre.

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Infonavit apoyará a afectados por COVID-19 con 75% de descuento

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit) puso en marcha el programa Apoyo Solidario Infonavit, con el objetivo de apoyar a las y los trabajadores afectados por el choque económico de la pandemia de COVID-19 a conservar su hogar y contribuir a la reactivación de su economía familiar.

Contempla tres beneficios que coadyuvarán a que las y los acreditados logren la recuperación progresiva de su economía familiar, ayudándolos a corregir su comportamiento de morosidad ante el Instituto y disminuir el pago de su financiamiento durante un periodo con duración máxima de 18 meses con opción a renovarse por 6 meses. El programa de apoyo podrá ser solicitado a través del sitio de Mi Cuenta Infonavit del instituto, por trabajadores constituidos bajo Régimen Especial de Amortización (REA) y Régimen Ordinario de Amortización (ROA), así como los acreditados que perdieron el empleo durante la crisis.


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Guía de autoconstrucción segura del Infonavit

El Infonavit presentó una Guía de autoconstrucción segura con el propósito de que los derechohabientes beneficiados con programas de entrega de créditos a familias de escasos recursos tengan los criterios, procedimientos y recomendaciones indispensables que deberá cumplir una edificación, desde el inicio de su construcción hasta su término, de modo que cuando se enfrenten nuevas eventualidades sísmicas, hidrometeorológicas o de viento de gran intensidad, se reduzcan al máximo las pérdidas patrimoniales, debiendo verificarse la condición de riesgo en el entorno.


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Tecnologías de la Información y Comunicación
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