Edición Febrero 2021

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Queridos amigos,

Les saludamos nuevamente con éste envío que corresponde nuestro Boletín No. 31, el cual contiene información con los datos más relevantes relacionados con nuestras actividades diarias, y que ameritan inmediato estudio.

Este boletín es una colaboración de todos los que integramos esta firma con el objetivo de dar a comunicarle de forma oportuna aquellos acontecimientos relevantes que nos afectan a todos, contribuyendo a facilitar la adaptación de los cambios legales-fiscales, retos y oportunidades que nos presenta el ejercicio de nuestra profesión, pero sobre todo apoyarles permanentemente a cumplir de manera exitosa con sus propios objetivos.

¡ Resiliencia !

Fiscal

Laboral

Seguridad Social

Fiscal
Corrección en la emisión de CFDI por concepto nómina del ejercicio fiscal 2020

La regla 2.7.5.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2021, establece que los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2020 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión podrán, por única ocasión, corregir estos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 28 de febrero de 2021 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.


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Resolución Miscelánea Fiscal 2021 (RMF2021)
  1. Publicación de Anexos de la RMF2021

    Cómo parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 se han publicado los Anexos que también forman parte de ella. Recordemos que la Regla 1.9. establece que para efectos de la citada RMF, forman parte de ella los Anexos que en la misma regla se citan, en secuencia desde el Anexo 1 hasta el Anexo 32, con las salvedades siguientes: forman parte de ellos, además, un ANEXO 1-A, 16-A, 25-Bis, 26-Bis y ya no se publica desde hace dos años el Anexo 4.

    Para esta RMF 2021, les compartimos los ANEXOS, 1-A, 3, 8, 15 y 16, relativos a los instructivos para trámites, Criterios No vinculativo, Tarifas para retención de ISR 2021, tarifas para cálculo del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, e Instructivo Guía para formulación del dictamen fiscal, publicados hasta ahora.


  2. Aviso de Socios o Accionistas

    Hay que recordar que, de conformidad con la reforma al articulo 27 del CFF y al artículo Quincuagésimo Tercero Transitorio para 2021, quienes no actualizaron en el 2020 sus avisos de socios o accionistas, deberán presentar aviso de actualización por única ocasión a más tardar el 31 de marzo de 2021 y, quienes incurran en alguna modificación durante 2021, lo harán a más tardar el 30 de septiembre de 2021.


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Nuevos Umbrales para Actividades Vulnerables

Atendiendo a la publicación en el DOF el 8 de enero de 2021 de los valores de la UMA, vigentes a partir del 1 de febrero de 2021, también se actualizan los umbrales relacionados con las actividades vulnerables, les compartimos el boletín preparados por la firma INTRADE.


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Beneficios Fiscales para Contribuyentes en la frontera Znorte y ZSur

Para el ejercicio 2021, estarán vigentes los Decretos de beneficios fiscales para contribuyentes de la Zona Fronteriza, tanto de la Zona Norte (desde 2019), como en la Zona Sur (a partir de 2021), los cuales consisten en beneficios a través de créditos fiscales en materia de ISR y de IVA, dirigidos a aquellos que tienen su domicilio fiscal en las zonas de las fronteras que el mismo decreto establece y que, sus ingresos del ejercicio inmediato anterior o los que estimen para este 2021 en caso de que inicien operaciones, provengan en más del 90% del total de sus ingresos de esa misma zona.


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Esquemas Reportables Código Fiscal de la Federación

Con fecha 2 de febrero se publica en el DOF, por parte de la Secretaría de Hacienda un Acuerdo en el que se determina que las obligaciones de reportar ante el Servicio de Administración Tributaria los esquemas que traigan beneficios fiscales a los contribuyentes en los términos del Título Sexto del Código Fiscal de la Federación, vigente a partir del 1 de enero de este 2021, no será aplicable en aquellos cuyo beneficio no exceda de 100 millones de pesos.

Este beneficio será aplicable sólo a esquemas personalizados y, en el caso de que se presenten diversos esquemas en al menos un ejercicio fiscal en común, deberá considerarse el valor agregado de los beneficios para determinar el límite de los 100 millones de pesos.


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Visor de nóminas

Se encuentra disponible en el portal del SAT la herramienta “Visor de comprobantes de nóminas” con información del ejercicio 2020, puedes consultar los ingresos y retenciones por concepto de sueldos, salarios, asimilados a salarios y pagos por separación de acuerdo a los comprobantes de nómina que se expidieron, en caso de encontrar errores u omisiones en su llenado se podrán corregir a más tardar el 28 de febrero de acuerdo a la regla 2.7.5.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021. También puedes consultar la guía de usuario del Visor de comprobantes de nómina del patrón y preguntas frecuentes sobre el Visor de nómina para los retenedores.


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Tarifas vigentes para 2021

El pasado 11 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 que contiene las Tarifas aplicables a pagos provisionales y retenciones para este ejercicio.


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Declaración Anual de Personas Morales 2020

El portal del SAT ya cuenta con el aplicativo para la declaración anual de Personas Morales del ejercicio 2020, el cual contiene datos prellenados de los ingresos nominales provenientes de las declaraciones provisionales, así como los datos de la deducción de la nómina con base a los CFDI emitidos por estos conceptos. Preguntas frecuentes.


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Boletín "prodecontigo"

Consulta el boletín correspondiente al mes de diciembre 2020 que emite la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) y se encuentra disponible en el siguiente link .

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Laboral
DECRETO por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo

El pasado 12 de enero de 2021, entro en vigor el Decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo (publicado en el DOF del 11 de enero de 2021).

Entre los aspectos más relevantes que establece la reforma al artículo 311 y la adición del Capítulo XII BIS de la LFT, destacan:

  • Momento en que se considera teletrabajo.
  • Se considerará como teletrabajo cuando más del 40% de las actividades se efectúen en el domicilio del empleado o el lugar elegido por este.
  • Contrato de trabajo y Reglamento interior de trabajo.
  • Se estableció que la modalidad de teletrabajo formará parte del contrato colectivo que exista entre los sindicatos y empresas.
  • En caso de que no se cuente con Sindicato deberá establecerse dentro del Reglamento Interior de Trabajo.

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Seguridad Social
Recuerda que en este mes de febrero los patrones deben revisar la siniestralidad laboral para determinar la Prima de riesgo de trabajo con la cual pagarán este seguro

Todos los patrones deben presentar su declaración anual de prima de riesgo, excepto si:

  1. La prima de riesgo determinada para 2021, es idéntica a la comunicada en 2020 de acuerdo con el artículo 32 fracción V del RACERF.
  2. No cumplen el año de cómputo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2020, ya sea porque se dieron de alta ante el Instituto posterior al 1° de enero, o cambiaron de actividades, en cuyo caso deben cotizar con la prima media de su clase hasta completar el año requerido para el cómputo.
  3. Hubiesen comunicado una baja patronal y a los seis meses de alta con la misma actividad.
  4. No tuvieron personal a su servicio por más de seis meses ni hubiesen presentado la baja patronal respectiva.

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Comunicado 031 Pago en Parcialidades Simplificado IMSS

Como resultado de las afectaciones derivadas de la emergencia sanitaria por COVID-19, el IMSS pone a disposición de los patrones la plataforma IMSS CONVENIO SIMPLIFICADO a través de su Escritorio Virtual, para celebrar, de manera simplificada, un convenio de pago a plazos, sin necesidad de garantizar el interés fiscal por las cuotas obrero patronales correspondientes a los periodos 11 y 12 del 2020 de cuotas IMSS.

Bajo este esquema, en el entendido de que el importe mínimo a cubrir es el 20% de la cuota patronal y el 100% de la cuota obrera, los patrones podrán elegir entre las siguientes opciones:

Plazo de diferimiento
Interés Mensual
Hasta 12 meses
1.26%
De 13 a 24 meses
1.53%
De 25 a 48 meses
1.82%

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