Edición Noviembre 2020 |
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Servicios especializados en Contabilidad, Auditoría, Legal Corporativo, Impuestos y Asesoría de Negocios.
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¡ Nuestro compromiso es mantenerte al tanto !
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Consulta:
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Queridos amigos,
Les saludamos nuevamente con éste envío que corresponde nuestro Boletín No. 28, el cual contiene información con los datos más relevantes relacionados con nuestras actividades diarias, y que ameritan inmediato estudio.
Este boletín es una colaboración de todos los que integramos esta firma con el objetivo de dar a comunicarle de forma oportuna aquellos acontecimientos relevantes que nos afectan a todos, contribuyendo a facilitar la adaptación de los cambios legales-fiscales, retos y oportunidades que nos presenta el ejercicio de nuestra profesión, pero sobre todo apoyarles permanentemente a cumplir de manera exitosa con sus propios objetivos.
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¡ Resiliencia !
Auditoría Fiscal
Comercio exterior
Contabilidad
Legal
Seguro Social
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Auditoría Fiscal
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Este próximo 26 de noviembre, vence la presentación del Dictamen ante el IMSS 2019
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De acuerdo con el artículo 161 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de empresas, Recaudación y Fiscalización, el cumplimiento de presentación del Dictamen para efectos de IMSS se deberá presentar a más tardar el próximo 30 de septiembre de 2019.
Por la contingencia sanitaria que atraviesa el país por COVID-19, el Instituto emitió una prórroga para su presentación a más tardar el 26 de noviembre de 2020 a través del
ACUERDO ACDO.AS2.HCT.240620/169.
Cabe mencionar, que dicho formato debe ser presentado a través del Sistema de Dictamen Electrónico (SIDEIMSS) por medio de las plataformas del Instituto.
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Comercio exterior
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Se publica la 2da. Resolución de modificaciones a las reglas generales en materia de comercio exterior para 2020
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El pasado lunes 26 de octubre de 2020 se publicó en el
Diario Oficial
la
Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 y sus anexos 1, 1-A, 19, 22 y 26,
de la cual destacan las siguientes novedades.
En materia de padrones:
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Las solicitudes para dejar sin efectos la inscripción en el padrón de exportadores sectorial –de manera voluntaria– se presentarán de conformidad con lo previsto en la ficha de trámite 143/LA (Regla 1.3.3.).
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Para inscribirse en el padrón de exportadores sectorial se acatarán los requisitos previstos en la ficha de trámite 141/LA (Regla 1.3.7.).
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Los importadores inscritos en los sectores: 2 “Radiactivos y Nucleares” y 9 “Cigarros” serán suspendidos de los padrones, cuando notifiquen a la Administración General de Servicios al Contribuyente (AGSC) que cualquiera de las licencias o autorizaciones que les fueron otorgadas, según sea el caso, fueron suspendidas, canceladas o revocadas (Regla 1.3.3., fraccs. XXXVI y XXXVI).
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Los exportadores podrán solicitar que se deje sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial, observando lo previsto en la ficha de trámite 142/LA (Regla 1.3.7.).
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El Registro de Empresas de mensajería y paquetería”, tendrá una vigencia de dos años y podrá renovarse por un plazo igual. Ello sería aplicable también a quienes hayan solicitado dicho registro con anterioridad, previo cumplimiento de requisitos (Regla 3.7.3.).
La AGSC será la autoridad encargada de:
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Aceptar los trámites referidos en el Anexo 1-A, ya sea presencial, o en el Portal del SAT, accediendo a la Ventanilla Digital, según se trate (Regla 1.2.2.).
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Notificar a los contribuyentes sobre las causales de suspensión de los padrones en las que hayan incurrido (Regla 1.3.3.).
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Corroborar si el contribuyente desvirtuó o subsanó la irregularidad por la cual fue suspendido de los padrones (Regla 1.3.4.), y
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Recibir de los agentes y agencias aduanales –mediante Buzón Tributario o escrito libre– las peticiones para dejar sin efectos un encargo conferido (reglas 1.2.6. y 1.2.7.).
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Contabilidad
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Legal
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Consulta popular para enjuiciar expresidentes
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Derivado de las modificaciones realizadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al Decreto propuesto por el Presidente de la República, finalmente el miércoles 28 de octubre de 2020 se publicó en el
Diario Oficial,
el
Decreto
por el que se expide la Convocatoria de Consulta Popular, misma que deberá celebrarse el domingo 1 de agosto de 2021, para contestar la pregunta modificada por la Corte, quedando su redacción como sigue:
¿ESTÁS DE ACUERDO O NO EN QUE SE LLEVEN A CABO LAS ACCIONES PERTINENTES, CON APEGO AL MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL, PARA EMPRENDER UN PROCESO DE ESCLARECIMIENTO DE LAS DECISIONES POLÍTICAS TOMADAS EN LOS AÑOS PASADOS POR LOS ACTORES POLÍTICOS ENCAMINADO A GARANTIZAR LA JUSTICIA Y LOS DERECHOS DE LAS POSIBLES VÍCTIMAS?
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Se amplían las fechas de beneficios bancarios
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El miércoles 28 de octubre de 2020, el
Banco de México
publicó en el
Diario Oficial
la
Circular 41/2020
dirigida a las Entidades Financieras, indicándoles que no podrán realizar el cobro correspondientes a los montos de pago mínimo calculados conforme a las Disposiciones sobre Tarjetas durante los periodos de pago comprendidos entre octubre de 2020 y enero de 2021, respecto de aquellos créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a tarjetas que se hayan adherido a los programas de dichas entidades.
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Seguro Social
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Modificación a la ley del Seguro Social
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El día miércoles 21 de octubre de 2020 se publicó en el
Diario Oficial
el
Decreto
por el que se reforman los artículos 201, primer párrafo y 205, primer párrafo de la Ley del Seguro Social, para eliminar las limitantes por género que se encontraban previstas para acceder al servicio de guarderías, ya que conforme al texto anterior, solamente podrían acceder a este "Las madres aseguradas, los viudos, divorciados o los que judicialmente conserven la custodia de sus hijos, mientras no contraigan nuevamente matrimonio o se unan en concubinato", modificándose para que a partir del día siguiente a la publicación puedan acceder al servicio "las personas trabajadoras"
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