Edición Julio 2020 |
|
Servicios especializados en Contabilidad, Auditoría, Legal Corporativo, Impuestos y Asesoría de Negocios.
|
|
¡ Nuestro compromiso es mantenerte al tanto !
|
|
Consulta:
|
Queridos amigos,
Les saludamos nuevamente con éste envío que corresponde nuestro Boletín No. 24, el cual contiene información con los datos más relevantes relacionados con nuestras actividades diarias, y que ameritan inmediato estudio.
Este boletín es una colaboración de todos los que integramos esta firma con el objetivo de dar a comunicarle de forma oportuna aquellos acontecimientos relevantes que nos afectan a todos, contribuyendo a facilitar la adaptación de los cambios legales-fiscales, retos y oportunidades que nos presenta el ejercicio de nuestra profesión, pero sobre todo apoyarles permanentemente a cumplir de manera exitosa con sus propios objetivos.
|
|
¡ Resiliencia !
Contabilidad
Corporativo-Fiscal
Fiscal
Infonavit
Seguridad Social
TMEC
|
|
Contabilidad
|
|
|
Corporativo-Fiscal
|
Aviso de accionistas CFF 27
|
-
Venció el término para presentar el aviso de Socios o Accionistas de acuerdo con la estructura vigente, el pasado 30 de junio, no obstante, fue imposible realizar la presentación en la mayoría de los casos por causa de la página del
SAT.
-
Se recomienda realizar la presentación aún de manera extemporánea en los siguientes días.
-
Se acompaña un
documento
de la lo más común en preguntas y respuestas que ha contestado el
SAT,
al respecto.
Regresar al índice
|
|
|
Publicación de nuevas leyes
|
Este 1 de julio se publicó en el
Diario Oficial de la Federación
las siguientes Leyes:
-
Ley Federal de Protección a la Propiedad Intelectual
(LFPPI):
Con la cuál se abroga la Ley de Fomento de Protección a la Propiedad Industrial (1991), Esta nueva ley tiene por objeto proteger la propiedad industrial, otorgamiento de patentes de invención, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas y avisos comerciales, denominación de origen, secretos industriales; prevenir actos en contra de la propiedad industrial y fomento de la actividad inventiva.
-
Ley Federal de Derechos de Autor
(LFDA):
En este caso se reforma la ley para reconocer como normas supletorias al Código Civil Federal, Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Código Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Comercio, entre los aspectos más sobresalientes es que, las reformas buscan privilegiar la protección de los derechos al momento de hacer del conocimiento público de las obras y la armonización de las prácticas sociales con las tecnologías de la información y comunicación.
-
Ley de Infraestructura de la Calidad
(LIC):
Con la cuál se abroga la Ley Federal de Metrología y Normalización, La nueva ley tiene como objeto fijar y desarrollar las bases para establecer las bases para el Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, con lo que se busca la concurrencia del sector público y privado en la elaboración y observancia de Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y los estándares, con los cuales se busca sustentar el desarrollo económico y la calidad de la producción de bienes y el mejoramiento continuo de las cadenas de valor, fomentar el comercio internacional y proteger los intereses legítimos del interés público.
Regresar al índice
|
|
|
Fiscal
|
|
|
Seguimiento de operaciones con EFOS
|
-
En últimas fechas se han intensificado las acciones del
SAT
en contra de quienes dieron efectos fiscales a facturas emitidas por aquellos a quienes se consideran EFOS (Factureros).
-
Es necesario recordar que quienes han dado efectos de deducción o acreditamiento de impuestos a esos CFDI deberá acreditar en su momento la materialidad de esas operaciones.
-
No obstante, en estos momentos, será difícil enfrentar las consecuencias ante
SAT
por esta causa. La ley para 2020 prevé la suspensión de Certificados de Sellos Digitales lo cual impediría seguir emitiendo CFDI, multas y en de forma discrecional consecuencias de tipo penal.
-
Es muy recomendable revisar sus registros contables y declaraciones fiscales ante esta circunstancia y evaluar los riesgos que puede enfrentarse.
-
Al efecto el Procurador fiscal ha también declarado que dentro del mismo SAT se permitió que prevaleciera la existencia de EFOS.
Regresar al índice
|
|
|
Habilitación del Buzón Tributario
|
-
Otra de las obligaciones para este 2020 es la revisión y en su caso habilitación del Buzón Tributario (BT).
-
Se recomienda que se realice una revisión puntual para conocer y actualizar las condiciones en que los contribuyentes tienen establecidos sus datos para recibir los avisos al respecto.
-
La omisión de las acciones para el correcto funcionamiento del BT pueden derivar en sanciones para el contribuyente.
Regresar al índice
|
|
|
|
|
Publicación del proyecto de la 2da. Reforma a la RMF2020
|
-
Se ha publicado la versión el proyecto de reforma a la RMF se ha precisado entre otras cosas que, quienes perciben ingresos por más de 3 millones de pesos en el concepto de asimilados a salarios deberán activar el Buzón Tributario.
-
Recuerden que la activación del BT sólo es opcional para personas físicas que sólo tiene ingresos por sueldos y salarios, sin considerar el concepto de asimilados a salarios.
-
Hay que recordar que el plazo para activar el BT se prorrogó en la 1ª Modificación de la RMF2020, estableciendo para Personas Morales el 30 de Noviembre y para Personas Físicas el 30 de Septiembre.
Les compartimos la
2da. Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020 y su Anexo 1-A.
para consulta.
Regresar al índice
|
|
|
Infonavit
|
NINFONAVIT extiende medidas de protección por COVID-19
|
Con fecha 30 de junio de 2020, el INFONAVIT dio a conocer extensión de medidas de protección por COVID-19, entre las cuales mencionamos las siguientes
-
Se extendió el plazo para recibir solicitudes para aplazar los pagos de créditos, y así conservar su patrimonio hasta el 31 de agosto de 2020.
-
Las PyMEs podrán prorrogar el pago de hasta tres bimestres, mientras que las empresas con más de 250 trabajadores podrán diferir hasta dos bimestres.
Les compartimos el
comunicado oficial emitido por el INFONAVIT
para consulta.
Regresar al índice
|
|
|
Seguridad Social
|
|
|
|
|
TMEC
|
Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá
|
Como resultado del inicio del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC) se involucran diversas medidas normativas como los es:
-
Publicación de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE) y Reformas a la Ley Aduanera (LA).
-
Se implementa la Sexta recomendación de Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, aprobada en el seno de la Organización Mundial de Comercio.
-
Se Reforma la Ley Aduanera para otorgar entre otros cambios la normatividad para regular a lo relacionado con la identificación comercial de mercancías y la utilización de esta información derivada de la publicación estadística de aranceles ya utilizados que facilita a contribuyentes y autoridad aduanera su utilización.
-
Implicaciones laborales en el mismo texto del
TMEC
en concordancia con las reformas a la normativa laboral en México, entre los cuales destacan los siguientes:
-
Libertad de asociación y negociación colectiva.
-
Eliminación de las formas de trabajo forzoso u obligatorio.
-
Abolición efectiva del trabajo infantil.
-
La eliminación de la discriminación.
-
Regulación respecto a salarios mínimos, horas de trabajo, y seguridad y salud en el trabajo.
-
Judicialización de la justicia laboral.
-
Control de registros de sindicatos y de sus procesos.
-
Representatividad sindical y publicidad de contratos colectivos.
Regresar al índice
|
|
|
Somos una organización afiliada a:
|
|
|
|