Edición Marzo 2019 |
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Servicios especializados en Contabilidad, Auditoría, Legal Corporativo, Impuestos y Asesoría de Negocios.
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¡ Nuestro compromiso es mantenerte al tanto !
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Consulta:
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Queridos amigos,
Les saludamos nuevamente con éste envío que corresponde al 8° documento, el cual contiene información con los datos más importantes relacionados con nuestras actividades diarias, y que ameritan inmediato estudio.
Este boletín es una colaboración de todos los que integramos esta firma con el objetivo de dar a comunicarle de forma oportuna aquellos acontecimientos relevantes que nos afectan a todos, contribuyendo a facilitar la adaptación de los cambios legales-fiscales, retos y oportunidades que nos presenta el ejercicio de nuestra profesión, pero sobre todo apoyarles permanentemente a cumplir de manera exitosa con sus propios objetivos.
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¡ Resiliencia !
Fiscal
Laboral
Legal
Tecnologías de la Información y Comunicaciones
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Fiscal
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Materialidad, no es suficiente elaborar contratos
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En una reciente
tesis
emitida por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ha establecido que la presentación de un contrato para comprobar la existencia de las transacciones que constan en dicho documento es insuficiente; ya que lo único que se puede probar es la formalización de las transacciones o acto jurídico que en el mismo documento se mencionan, no así la existencia de las operaciones o transacciones que se mencionan.
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Otras obligaciones corporativas
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Conforme a lo dispuesto en la Ley General de Sociedades Mercantiles, las empresas cuentan con la obligación de llevar Libros Sociales y entregar a sus socios sus títulos de acciones o partes sociales. Dichos Libros consisten en Libro de Actas de Asamblea, de Variaciones al Capital y de Registro de Accionistas, debiendo ir encuadernados, empastados y foliados; por su parte el Código de Comercio exige que el Libro de Actas se tenga al corriente a más tardar en el mes de marzo. Tanto los libros como los títulos forman parte de la Contabilidad, en términos de lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, por lo cual es de suma importancia mantenerlos siempre al corriente.
Te compartimos la
síntesis de las disposiciones legales
para su consulta
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Laboral
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Como ser beneficiado del programa "Responsabilidad compartida INFONAVIT"
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El programa Responsabilidad Compartida busca reestructurar esos empréstitos tramitados en veces salarios mínimos (VSM) que aumentaron significativamente año con año.
Solo pueden gozar de los beneficios las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Contar con un crédito tradicional vigente en VSM
- Ganar hasta cuatro salarios mínimos
- Tener 40 años o más
- Haber cubierto 24 meses de pagos continuos
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Legal
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Asamblea anual
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¿Ya celebró la Asamblea Anual en su empresa? La Ley General de Sociedades Mercantiles obliga a las sociedades Anónima y de Responsabilidad Limitada a celebrar una Asamblea Anual. En el caso de la Sociedad Anónima ésta deberá celebrarse a más tardar dentro del mes de Abril para que la Administración y el Comisario presenten su informe, se nombren o ratifiquen órganos de administración y vigilancia, y se fijen sus remuneraciones.
Te compartimos un documento donde puedes consultar las
disposiciones aplicables
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Tecnologías de la Información y Comunicaciones
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DIOT v.1.2.0 publicada el 1 de febrero de 2019
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Ya no es válida
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El pasado 1 de febrero de 2019 el
Servicio de Administración Tributaria (SAT)
realizó la publicación de la actualización de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) A-29 versión 1.2.0.
En esta versión se agregó:
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Nuevo campo para presentar los actos o actividades pagados sujetos al estímulo de la región fronteriza norte del país, tal como sigue:
Es importante resaltar que este campo aplica únicamente para el ejercicio 2019 y fue el único apartado que se agregó en esta versión.
Esta versión dejó de ser válida hasta el día 22 del mismo mes por no contemplar el campo IVA No Acreditable, realizando una nueva actualización a la versión.
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DIOT v.1.2.1 publicada el 22 de febrero de 2019
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Actual y válida
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Esta nueva versión se realizó por la siguiente causa:
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La v.1.2.0 no contemplaba el campo IVA No Acreditable correspondientes al estímulo fiscal para la región fronteriza norte del país, y esto podía provocar un descuadre en la información que se envía a la DIOT.
La v.1.2.1 ya incluye el campo anterior descrito, tal como sigue:
Por lo que te recomendamos lo siguiente:
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Para evitar problemas con tu declaración, te recomendamos presentar el A-29 con esta versión de la DIOT 1.2.1.
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Si ya presentaste tu declaración con la v.1.2.0, es recomendable presentarla nuevamente con la versión actualizada.
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Cambios en CONTPAQ-i Contabilidad para la DIOT 1.2.1
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La v.11.5.2 de CONTPAQ-i Contabilidad cuenta con los cambios para considerar el IVA No Acreditable, correspondiente a la región fronteriza norte. Dicha versión ya se encuentra disponible e incluye lo siguiente:
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Modificación de la generación de la DIOT para que considere el apartado IVA no Acreditable de los actos o actividades pagados sujetos al estímulo de la región fronteriza norte.
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Actualización de reportes.
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Nueva versión del SUA 3.5.6
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Desde el pasado 7 de febrero del 2019 se encuentra disponible la nueva versión 3.5.6 del SUA, en la que destaca lo siguiente:
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Nuevo valor INFONAVIT para los créditos con tipo de descuento Factor de Descuento, mismo que está vigente a partir del primero de enero de 2019.
Te compartimos la
guía de uso
del SUA.
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